Esta es la segunda reforma que se realiza al reglamento de la Ley para el Control de Animales Peligrosos.
Dicha ley (conocida como ley de perros) incluye a tigres, tigrillos, lagartos, culebras y caimanes para tenencia doméstica, según el referido reglamento.
Con esta normativa se modificó el artículo 47 del Reglamento (acuerdo gubernativo 113-2013), que desde el 20 de marzo del 2013 dio 60 días para que los dueños de animales considerados como peligrosos realizaran las gestiones para registrarlos ante las gobernaciones departamentales.
El 26 de junio del año pasado, fue publicado el acuerdo gubernativo 236-2013 que dio la primera ampliación de un año para realizar el registro de los animales.
La segunda se emitió el 20 de noviembre pasado, con lo cual quedaron 148 días sin conocerse sobre el trámite que corresponde.
Según la ley, quien tenga perros definidos dentro de la lista como peligrosos y altamente peligrosos deben poseer licencia para la tenencia de estos animales, además el encargado tiene que ser mayor de edad y presentar DPI, entre otros.
Clasificación de los perros considerados peligrosos.
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